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El marco normativo en España sigue apostando por las bonificaciones a la contratación como una herramienta clave para fomentar la estabilidad laboral y la integración de colectivos con mayores dificultades de acceso al empleo. Estas ayudas permiten reducir los costes en la Seguridad Social y pueden suponer un ahorro significativo para las empresas.
Sin embargo, muchas de estas bonificaciones están condicionadas al cumplimiento de ciertos requisitos, como la implantación de un Plan de Igualdad en organizaciones con más de 50 empleados.
A continuación, te explicamos de forma sencilla qué bonificaciones están vigentes en 2025 y cómo pueden beneficiar a tu empresa.
Son incentivos económicos que reducen o eliminan parcialmente la cuota de la Seguridad Social que deben pagar las empresas al contratar a determinados colectivos. Están reguladas por normativas específicas y pueden aplicarse durante periodos determinados.
Su principal objetivo es mejorar la inserción laboral de:
El Plan de Igualdad es obligatorio para empresas con 50 o más empleados y tiene como finalidad garantizar la equidad entre hombres y mujeres en el ámbito laboral.
Además de cumplir con la normativa vigente, contar con un Plan de Igualdad es un requisito para acceder a determinadas bonificaciones. No implementarlo podría hacer que la empresa pierda incentivos económicos clave.
A continuación, presentamos una tabla con las bonificaciones más relevantes y si requieren o no un Plan de Igualdad:
Bonificación | Normativa | % de Bonificación | ¿Requiere Plan de Igualdad? (<50 empleados) | ¿Requiere Plan de Igualdad? (≥50 empleados)** |
Contratación indefinida de personas con discapacidad | Art. 4 RDL 1/2023 | Hasta 100% | ❌ No | ✅ Sí |
Contratación de víctimas de violencia de género o terrorismo | Art. 22 RDL 1/2023 | Hasta 100% | ❌ No | ✅ Sí |
Transformación de contratos formativos en indefinidos | Art. 10 RDL 1/2023 | 275 €/mes durante 3 años | ❌ No | ✅ Sí |
Contratación indefinida de mujeres en sectores con baja representación femenina | Art. 8 RDL 1/2023 | 125 €/mes durante 4 años | ❌ No | ✅ Sí |
Contratación de desempleados de larga duración | Art. 11 RDL 1/2023 | 110 €/mes (mujeres 128 €/mes) durante 3 años | ❌ No | ✅ Sí |
Tarifa plana para autónomos | Art. 38 bis Ley 20/2007 | 80 €/mes durante 12 meses | ❌ No aplica | ❌ No aplica |
Bonificación por maternidad/paternidad para autónomos | Art. 38 ter Ley 20/2007 | 100% de la cuota | ❌ No aplica | ❌ No aplica |
Bonificación para personal investigador | Art. 1 RD 475/2014 | 40% de la cuota por contingencias comunes | ❌ No | ❌ No |
Bonificación en el sector agrario | Art. 31 RDL 1/2023 | Hasta 45% según tipo de contrato | ❌ No | ❌ No |
Bonificación para empleados del hogar | Disp. Adic. 3ª RDL 1/2023 | 20% al 45% según situación | ❌ No | ❌ No |
Bonificación de contratos de formación en alternancia | Varía según normativa específica | 100% de la cuota | ❌ No | ✅ Sí |
En AdelantTa asesoramos a empresas en la gestión de bonificaciones, asegurándonos de que cumplan con todos los requisitos para aprovechar al máximo estos incentivos.
Te ayudamos a:
✔️ Implementar un Plan de Igualdad si es necesario.
✔️ Identificar qué bonificaciones pueden aplicarse en tu empresa.
✔️ Gestionar la documentación y el cumplimiento normativo.
Si necesitas asesoramiento, contacta con nosotros y optimiza la contratación en tu empresa mientras reduces costes en el +34 91 591 71 14 o en contacto@adelantta.es