Desde el 7 de marzo de 2022, todas las empresas de 50 o más personas trabajadoras están obligadas a elaborar y aplicar un plan de igualdad (artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, en la redacción del Real Decreto-ley 6/2019). También deben tenerlo las empresas a las que se lo exija su convenio colectivo o la autoridad laboral en un procedimiento sancionador. El plan se negocia con la representación legal de las personas trabajadoras, parte de un diagnóstico de situación, incluye una auditoría retributiva, fija medidas, plazos e indicadores, se inscribe en el registro público correspondiente y tiene una vigencia máxima de cuatro años (Real Decreto 901/2020). Además, todas las empresas, sea cual sea su tamaño, deben llevar un registro retributivo (artículo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores).
AdelantTa, consultora de Recursos Humanos con sede en Madrid, elabora planes de igualdad, diagnósticos, registros y auditorías retributivas, y acompaña a la empresa en la negociación con la comisión.