Apuesta por una gestión profesional de personas en tu empresa
Descubre cómo externalizar tu departamento de Recursos Humanos sin perder el control de lo que pasa en tu negocio
Artículo desarrollado en colaboración con Grupo de Investigación Vector 25
La gestión empresarial actual exige respuestas rigurosas ante situaciones que puedan comprometer la productividad, el clima laboral o la integridad patrimonial de la organización. En ciertos escenarios —bajas laborales de dudosa justificación, incumplimientos reiterados, competencia desleal o uso abusivo de beneficios laborales— la Dirección General y la Dirección de Recursos Humanos se enfrentan a la necesidad de recabar información objetiva que fundamente decisiones disciplinarias o legales.
En este contexto, la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada, habilita a las empresas para contratar servicios de detectives privados, siempre que concurran condiciones estrictas de legalidad, necesidad y proporcionalidad. No se trata de una herramienta rutinaria, sino de un recurso extraordinario que requiere una correcta comprensión normativa y una ejecución impecable.
Por otra parte, la LEC 1/2000 (Ley de Enjuiciamiento Civil), en su art. 265.5, reconoce que los informes elaborados por detectives privados debidamente habilitados son un medio de prueba ante los tribunales de justicia.
Este artículo ofrece una visión técnica sobre cómo, cuándo y bajo qué límites puede una organización utilizar los servicios de un investigador privado, asegurando la validez jurídica de las pruebas obtenidas y minimizando los riesgos asociados.
El artículo 48.1 de la Ley 5/2014 establece que los detectives privados podrán realizar investigaciones por encargo de personas físicas o jurídicas siempre que exista un interés legítimo, definido como una necesidad objetiva de proteger derechos o bienes propios de la empresa, siempre que no se lesionen derechos fundamentales.
Entre los casos más habituales que justifican legalmente este tipo de intervención se encuentran:
Es indispensable que exista una base razonable, documentada y previa a la contratación del detective. La sospecha genérica o sin fundamento no es suficiente. Asimismo, la empresa no puede utilizar estos servicios para investigar delitos perseguibles de oficio, como tráfico de estupefacientes o blanqueo de capitales, cuya persecución corresponde exclusivamente a los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado.
La contratación de un detective privado exige una planificación precisa y una ejecución controlada. El proceso se articula en tres fases fundamentales:
Antes de iniciar cualquier investigación, la Dirección General y Recursos Humanos deben:
Una vez iniciada la investigación, la empresa debe mantener una supervisión indirecta, sin interferir en las técnicas utilizadas. Su responsabilidad se centra en:
La empresa no debe participar en la ejecución de la investigación, ni condicionar su desarrollo. Cualquier desviación puede generar responsabilidades compartidas.
Recibido el informe, se debe proceder a:
Dado que el informe contiene datos personales, su tratamiento debe ajustarse al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018, limitando su uso al procedimiento concreto que motivó la investigación.
Si el informe confirma las sospechas y ha sido obtenido conforme a derecho, podrá utilizarse como prueba documental en el expediente disciplinario. La empresa debe:
En el caso de que el trabajador impugne la medida, el informe del detective podrá presentarse como prueba en juicio. No obstante, será el juez quien valore su legalidad y pertinencia. Cualquier vulneración de derechos invalidará el contenido probatorio, incluso aunque el hecho constatado sea cierto.
Finalizado el proceso, el informe debe ser archivado por el departamento de Recursos Humanos conforme a los protocolos de confidencialidad, y se recomienda realizar una evaluación interna para revisar la eficacia del procedimiento, ajustar protocolos y, si procede, prevenir situaciones similares en el futuro.
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El uso de investigaciones privadas implica una exposición a riesgos que deben ser debidamente gestionados:
Para minimizar estos riesgos, la empresa debe:
La clave no está en el acceso a la herramienta, sino en su uso estratégico, transparente y legal.
Seleccionar un detective privado adecuado es un aspecto crucial para garantizar que la investigación sea eficaz y, sobre todo, legalmente válida. Estos profesionales, como la agencia especializada GRUPO DE INVESTIGACIÓN VECTOR 25, deben aportar rigor y conocimiento del marco legislativo, especialmente en casos que impliquen relaciones laborales.
El primer requisito es ineludible: el detective debe estar debidamente habilitado por el Ministerio del Interior, con la correspondiente Tarjeta de Identidad Profesional (TIP) en vigor, y operar desde un despacho autorizado conforme a la Ley 5/2014, de Seguridad Privada. Además, es imprescindible que cuente con experiencia específica en el ámbito empresarial, especialmente en investigaciones relacionadas con bajas fraudulentas, absentismo, competencia desleal, uso indebido del crédito sindical o fraudes en procesos de selección. Esta especialización garantiza un enfoque adaptado a las particularidades del entorno laboral y empresarial.
Un detective especializado en el ámbito laboral debe conocer en profundidad la normativa aplicable, tanto en materia laboral como en protección de datos (LOPDGDD y RGPD). Este conocimiento es esencial para asegurar que la investigación respete la legalidad y que los datos recabados puedan utilizarse como prueba válida en procedimientos disciplinarios o judiciales. Su metodología de trabajo debe ser clara, rigurosa y siempre respetuosa con los derechos fundamentales del trabajador. Es fundamental que delimite con precisión los objetivos de la investigación, actúe con proporcionalidad y documente exhaustivamente todas sus actuaciones. Los informes deben ser objetivos, fácilmente comprensibles y contener únicamente información relevante para el caso, incluyendo, si procede, pruebas gráficas o documentales obtenidas conforme a derecho.
Finalmente, el detective debe ofrecer garantías plenas de confidencialidad y actuar con absoluta objetividad e independencia. La empresa debe verificar que el profesional está dispuesto a ratificar sus informes ante un tribunal si fuera necesario, y que su intervención se centra en ofrecer información veraz, sin sesgos ni intereses ajenos al encargo recibido.
La intervención de detectives privados en el entorno empresarial está jurídicamente habilitada, pero se encuentra sujeta a estrictas garantías legales. No es una solución de uso generalizado, sino una medida puntual, reservada a situaciones graves y justificadas, que deben ser gestionadas con el máximo rigor técnico y normativo.
Para la Dirección General y la Dirección de Recursos Humanos, ello implica actuar con planificación, control y trazabilidad. La correcta integración de los resultados de una investigación privada en los procedimientos internos no solo protege a la empresa desde el punto de vista legal, sino que refuerza su modelo de gestión, basado en la legalidad, la transparencia y el respeto a los derechos de las personas trabajadoras.